Restricciones según tu etiqueta medioambiental (2023, 2024, 2025…)

Como sabrás, desde enero de 2022 la ‘almendra central’ de Madrid (área delimitada por la M30) es por completo una Zona de Bajas Emisiones. Y estas «ZBE»s llevan asociadas una serie de restricciones (que irán ampliándose cada año) según la etiqueta medioambiental correspondiente a tu vehículo.

El objetivo teórico de estas restricciones es ir evitando la circulación de los coches más antiguos potencialmente más contaminantes.

Desde la controvertida creación y evolución de la zona ‘prohibida’ «Madrid Central» y la polémica de las miles de multas ‘sorpresa’ de la ZBE de Especial Protección de Plaza Elíptica, son ahora más conocidos los términos #ZBE y #ZBEDEP. Lo que sigue siendo un lío es: ¿por qué zonas no pueden circular qué coches?, ¿en qué año voy a dejar de poder entrar a Madrid con mi coche viejito?, ¿de qué depende que un coche tenga una u otra etiqueta medioambiental? y, en general, ¿cuáles son las restricciones -y fechas de aplicación- según la etiqueta medioambiental de mi vehículo?

Más abajo tienes todas las respuestas e información útil de ayuda:

¿De qué depende que tenga una u otra etiqueta medioambiental?

El distintivo medioambiental (‘etiqueta’, ‘pegatina’…) depende de su año de matriculación; que pretende ser una estimación de cuánto contamina: en principio cuanto más antiguos, más contaminantes.

Muchos usuarios dicen que verían más justo que los rangos de etiquetas otorgadas dependiesen de la cifra real de contaminación que mida la ITV y no del año en que le pongan la matrícula. Especialmente los que poseen vehículos matriculados en enero o diciembre de los años frontera que hacen de límite entre un distintivo y otro.

¿Qué ‘coches’ son etiqueta «B», cuáles etiqueta «C», y cuáles «sin etiqueta»?

circulo-cristal-sin-etiqueta-pegatina

Los vehículos sin etiqueta son los gasolina marticulados hasta el año 2000 y los diésel hasta el 2005 (incluídos).

etiqueta medioambiental B

Los de etiqueta «B» son aquellos de gasolina matriculados entre el 2001 y el 2005, y los diésel matriculados entre 2006 y 2014*
* «que estén clasificados en el Registro de Vehículos de la DGT como EURO 4 o EURO 5 porque no cumplan las especificaciones de emisiones EURO 6»

etiqueta medioambiental C

La etiqueta «C» corresponde a los de gasolina matriculados desde el 2006 en adelante (‘en adelante’ incluye los gasolina que puedas comprar, por ejemplo, ¡este año!) y los diésel con matrícula a partir de 2015*
* «que estén clasificados en el Registro de Vehículos de la DGT como nivel de emisiones EURO 6»

etiqueta medioambiental ECO

Son vehículos «ECO» los híbridos no enchufables (HEV), los eléctricos enchufables con autonomía inferior a 40 Km, y los que tengan algún motor propulsado por gas natural (GNC o GNL) o gas licuado del petroleo (GLP) «…y que cumplan_las especificaciones de emisiones EURO 6»

etiqueta medioambiental Cero Emisiones

Los de etiqueta «0», como su nombre indica, son aquellos que emiten cero emisiones de gases contaminantes: los vehículos eléctricos. Eléctricos de batería (BEV), eléctricos de autonomía extendida (REEV) y eléctricos híbridos enchufables con una autonomía mayor a 40 Km.

[Más información (con detalles para otros tipos de vehículos) y buscador de distintivos según matrícula en: https://sede.dgt.gob.es/es/vehiculos/distintivo-ambiental/]

Zonas con restricciones por etiqueta medioambiental

  • ZBE M30. Desde 2022 toda el área interior de la M-30 es «Zona de Bajas Emisiones»; por lo que no pueden entrar dentro de ella los vehículos de no-residentes(*) sin distintivo ambiental. A partir del 1 de enero de 2023 dichos vehículos tampoco pueden circular por la propia M30.
    • Los vehículos sin etiqueta pero con autorización de «Residente del S.E.R.» podrán seguir estacionando en sus plazas de su zona SER hasta el 31/12/2024.
    • (*)= vehículos que con fecha anterior a 01/01/2022 estén domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos de la DGT y figuren de alta en el Padrón del IVTM (Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica) del Ayuntamiento de Madrid.
  • ZBE exterior M30. El 1 de enero de 2024 todo el municipio de Madrid pasa a ser «ZBE». Circulación prohibida, por tanto, en todo el municipio de Madrid [ver plano límites] para los vehículos (de no-residentes) que no tengan etiqueta medioambiental.
  • ZBEDEP Distrito Centro (~‘Madrid Central’). Sin etiqueta, prohibido; y los que tengan etiquetas B o C sólo pueden pasar para aparcar en un parking público, autorizaciones especiales por vivir allí,etc, o con invitación de un residente. Vehículos ECO y Cero Emisiones pueden pasar por allí libremente.
    • 📢 En el Pleno del 20/12/2022 se aprobó una «moratoria» (prórroga) por la que los vehículos ligeros de mercancías con etiqueta B pueden seguir accediendo al Distrito Centro durante todo 2023 para poder seguir prestando servicio (hasta el 31/12/2023). [ver nota de prensa]
  • ZBEDEP Plaza Elíptica. Zona prohibida a los vehículos sin distintivo ambiental, salvo a los de los vecinos residentes allí (o cualquiera de los cinco barrios limítrofes: Opañel, Comillas, Moscardó, Abrantes y Zofio) y excepciones concretas.
ZBE Plaza Elíptica - Los A de los 5 barrios limítrofes sí pueden acceder; y los de etiquetas B, C, 0 y eco NO tienen ninguna restricción.

Duda frecuente: La prohibición de acceder a Plaza Elíptica sólo afecta a los vehículos SIN distintivo.
Los vehículos CON algún distintivo sí pueden circular con normalidad sin ninguna restricción.
Aunque ambas sean ZBEDEP, esta zona de #plazaeliptica no es igual a la ZBEDEP Distrito Centro (#madridcentral), que sí tiene restricciones a los vehículos de «etiqueta B» y de «etiqueta C».

Fechas restricciones según etiqueta medioambiental

Distintivos ambientales DGT

NOTA: Ya que el objetivo de esta web es ser de ayuda, para poder entendernos sin volver liosos de leer los textos, voy a llamar «vehículos de no-residentes» a: «vehículos que con fecha anterior a 01/01/2022 estén domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos y figuren de alta en el Padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid».
  • 2024: queda prohibida la circulación a vehículos sin etiqueta (de ‘no-residentes’) en todo el municipio de Madrid [ver plano y excepciones].
    • En enero 2024 los vehículos de etiqueta «B» ¡no sufren ninguna restricción extra a las que ya tenían en 2023! (Ha habido muchas noticias que, aprovechándose del miedo, para conseguir visitas han desinformado mucho sobre ello*). 👈Actualmente sólamente los vehículos sin etiqueta tienen estipulado ‘calendario’ de restricciones por años. En la Ordenanza de Movilidad Sostenible no hay restricciones a la vista para los vehículos con clasificación ambiental B. Simplemente las que ya existían que se puedan aplicar puntualmente por el Protocolo de Alta Contaminación.
Mostrar/ocultar plano límites 'municipio de Madrid' y carreteras no afectadas por la ZBE.
Plano límites municipio de Madrid

Duda frecuente: Las carreteras M-40, M-45, M-50, M-11, etc. son municipales, «no tienen naturaleza de vía urbana»; y, por tanto, al no ser competencia del ayuntamiento, no les aplican las restricciones de la ZBE impuestas en la Ordenanza de Movilidad Sostenible. Lo mismo sucede con las autovías: tampoco son competencia del Ayuntamiento de Madrid.

Sí son Zona de Bajas Emisiones la M-30 y también el famoso tramo de la A-42 que lleva a Plaza Elíptica. (Según la respuesta del Ayuntamiento a la AVARM, «En lo relativo a la A-42, el Ayuntamiento de Madrid ostenta la competencia en materia de tráfico y seguridad vial en el tramo de la A-42 desde el centro de la ciudad hasta el PK 6,00»).

Puedes consultar un mapa interactivo, muy lento en cargar, pero con muchas capas de información oficial con mucho detalle de zoom 👉aquí👈.

  • 2025: todos los vehículos sin distintivo ambiental, aunque sean de residentes, dejan de poder circular por toda la ZBE del municipio de Madrid ni podrán aparcar ni siquiera en lo que fue su zona SER. [Fuente y más info: web del Ayto. «Madrid Zona de Bajas Emisiones»]

Aunque las cámaras que vigilan los accesos a la M30 lo que ‘leen’ es la matrícula mediante la tecnología OCR (y en función de ella se puede saber si a ese vehículo le está permitido o no circular por esa zona), sí es obligatorio llevar tu distintivo medioambiental al circular y puedes ser sancionado por no llevarlo. (Eso sí, con una multa diferente y menor que las impuestas por acceder a las ZBEs).

Las pegatinas «distintivo medioambiental» se pueden solicitar en cualquier oficina de Correos presentando tu DNI y el permiso de circulación del vehículo; y te la imprimen y entregan en el momento.
(También se pueden solicitar por internet —aunque ellos mismos avisan que con mayor demora— en la tienda online de Correos: https://www.market.correos.es/product/distintivo-ambiental-dgt)

Páginas de la web del Ayuntamiento con información extendida sobre este tema:

Vídeo infografía resumen de Madrid360


Restricciones que te afectan según tu etiqueta medioambiental

Pulsa en cada distintivo para ir a cada página de información completa oficial de la web «madrid360» del Ayuntamiento.

12 comentarios

Siendo residente en la zona interior de m30 (legazpi), ¿podría seguir utilizando mi coche sin etiqueta? O son las mismas restricciones que para los usuarios que están empadronados fuera de la m30? Gracias!

Hola. La teoría es que sí: Sí que puedes seguir utilizando y metiendo tu coche sin etiqueta hasta el 31 de diciembre de 2024. Lo único que el vehículo también esté ‘empadronado’ en Madrid (los documentos, impuestos…).

Te pego el texto (ilegible por enrevesado) de la web del ayuntamiento y luego te intento ‘traducir’ debajo:

«Los vehículos turismo con clasificación ambiental A de las categorías por criterio de utilización 00 (sin especificar), 02 (familiar) y 33 (todoterreno), que a fecha 1 de enero de 2022 no cumplan los requisitos de encontrarse domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos y figurar de alta en el Padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid, o que habiéndolos cumplido dejen de hacerlo en un momento posterior (desde la fecha en que dejen de cumplirlos), podrán acceder y circular por ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones’ conforme a las siguientes fases:
Desde el 1 de enero de 2022 queda prohibido su acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluida la propia M-30.
Desde el 1 de enero de 2023 queda prohibido su acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, incluyendo la propia M-30.
Desde el 1 de enero de 2024 queda prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas y urbanas del municipio de Madrid.»
(fuente: https://www.madrid360.es/como-me-afecta/etiqueta-a/)


TRADUCCIÓN quitando trozos y reconvirtiendo las partes enrevesadas:

A los vehículos turismo con clasificación ambiental A -(‘sin pegatina’)-, que a fecha 1 de enero de 2022 no cumplan los requisitos de encontrarse domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos y figurar de alta en el Padrón del IVTM del Ayuntamiento de Madrid,
(o que desde una fecha posterior dejen de cumplir esos requisitos),
les afectarán las restricciones y prohibiciones de no poder circular.

Es decir: el que importa que sea ‘de Madrid’ es tu vehículo. No puedes ‘ir a tu casa del interior de Madrid si es con un coche que es de fuera’. El dónde estés tú empadronado influye para la zona SER; pero para el circular en sí, el que tiene que estar en los registros del Ayuntamiento es el vehículo.

Aquí te he buscado más información:
(edito el post y añado este link tb como info adicional)
https://www.madrid.es/portales/munimadrid/es/Inicio/Movilidad-y-transportes/Zonas-de-Bajas-Emisiones/Madrid-Zona-de-Bajas-Emisiones/Madrid-Zona-de-Bajas-Emisiones-ZBE-/?vgnextfmt=default&vgnextoid=93e63877029eb710VgnVCM1000001d4a900aRCRD&vgnextchannel=d2d2edf0f70ab710VgnVCM2000001f4a900aRCRD

[Ya sabéis que deAyuda se limita a mostrar más ‘a mano’ accesible para todos la información liosa o complicada de encontrar que ponen a disposición de los usuarios las webs oficiales de cada temática (como lo de lograr mostrar en mapa interactivo los listados de texto de plazas de aparcamiento SER azules y verdes, por ejemplo). Pero soy un vecino con alergia y coche (-de ahí las temáticas-) que no tiene nada que ver, en este caso, con el Ayuntamiento]. 🙂

Espero haberte sido ‘deAyuda’ 🙂 😉

Hola! Muchísimas gracias!

Si, el coche esta «empadronado» en madrid también, así que parece que podemos seguir utilizandolo una temporada más, ya me estaba volviendo loco en buscar otro coche para sustituirlo…

Según veo es esta parte la que nos afecta, no?
Pego texto:

[[Segundo: hasta el 31 de diciembre de 2024 podrán acceder y circular por ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)’ los siguientes vehículos con clasificación ambiental A según su potencial contaminante:

Los vehículos que a fecha el 1 de enero de 2022 cumplan los siguientes requisitos, mientras mantengan el cumplimiento continuado y simultáneo de los mismos en todo momento hasta el 31 de diciembre de 2024:
Se encuentren domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.
Figuren de alta en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid.]]

No hace falta inscribirlo en ningún sitio ni hacer nada más, no?

Saludos y gracias de nuevo!

Hola!
¡Eso es! Ahí lo explica mejor.
Que al cumplir esos dos, puedes seguir usandolo por Madrid hasta 31 diciembre 2024
Y sí: no hay que hacer nada extra. Como ya cumplías eso antes de que pusieran todas estas leyes, ya está. Mi hermano está en situación igual: de coche con muchos años sin pegatina pero que vive él y el coche en Madrid, y por un momento pensó que desde ya no lo podría utilizar pero tras investigar vimos que sí que todavía 2 años más. 🙂

Han empezado a prohibir desde los de fuera. Pero los ‘vecinos’ todavía podemos usar estos coches un poco más.

(es que los periódicos y tal, están poniendo todo titulares del estilo de «desde ya no puedes circular!»; que va a ser verdad en breve, pero con eso de meter miedo para ganarse un ‘click’, confunden!)

Buenos días deAyuda, nos gustaría poder contactar con vosotros para hablar sobre una potencial colaboración para que ofrezcáis soluciones de aparcamiento en vuestra web. Un saludo.

Hola! Me hace mucha ilusión leer esto porque eso es que está bien hecha o la web o el blog o ambas. 🙂
No sé cuánto podré ayudaros porque he de decir que detrás de este mini proyecto deAyuda solo está un particular(yo) (sí que informático, pero que hice esto en el tiempo libre por ser temas y herramientas que a mí me han servido de ayuda [y a la familia y tal]; como lo de tener a mano gráficas del polen para época de alergia.., lo de dónde era zona azul.., ahora esto de los mapas para el coche viejito sin etiqueta…).
Pero no es mi actividad principal, me refiero, ni suelo poder dedicarle mucho tiempo. (Lo del mapa de plazas de aparcar por ejemplo.. era algo que venía yo pensando y haciendo poco a poco desde hace mucho mucho tiempo y lo que ha sido más reciente es el subirlo accesible público para que más gente pudiera usarlo).

Aun así, si queréis enviarme un email contándome un poco qué teníais en mente, sería a: deayuda.es@gmail.com
¡Un saludo!

Buenos días, dispongo de un vehículo de gasolina matriculado en el año 2001, tiene el distintivo B y está «empadronado» en Madrid capital.
Mi duda es esta: ¿puede seguir accediendo a las ZBE de Madrid capital desde el 1 de enero de 2024? Aparco en la ZBE en un parking de mi actual empresa.

Muchas gracias.

Buenos días Francisco. Por lo que he podido investigar de información del Ayuntamiento (y que he descubierto que también había hecho eco de justo esta pregunta tuya la Asociación de Vehículos Afectados por las Restricciones Medioambientales AVARM @sinPegatinaDGT en twitter)…, 👉 En 2024 no cambia nada en las ZBE para los vehículos con distintivo ambiental B: pueden seguir entrando a Madrid capital a más a dentro que la M30 sin problema.

Solamente de matiz, el mismo que ya estaba vigente en 2023.., de tener cuidado con la ZBEDEP (ZBEdeEspecialProteccion) Distrito Centro. Que ahí sí hay, por lo visto, fechas límite para los que prestan servicios sin tener local allí, en función de la MMA del vehículo, y varias casuísticas y excepciones. Te dejo enlaces por si alguno te es de ayuda para clarificar.
(Pero eso: A tu pregunta, si la entendí bien,–> «a ZBE normal de madrid capital, sigues pudiendo sin problema con un vehículo B en 2024» 🙂 )

· sobre etiqueta B:
https://www.madrid360.es/como-me-afecta/etiqueta-b/

· sobre las «ZBE»:
https://www.madrid.es/portales/munimadrid/es/Inicio/Movilidad-y-transportes/Zonas-de-Bajas-Emisiones/Madrid-Zona-de-Bajas-Emisiones/Preguntas-frecuentes-sobre-Madrid-Zona-de-Bajas-Emisiones-ZBE-/?vgnextfmt=default&vgnextoid=9dec1d96b08ed710VgnVCM1000001d4a900aRCRD&vgnextchannel=d2d2edf0f70ab710VgnVCM2000001f4a900aRCRD

https://www.madrid.es/portales/munimadrid/es/Inicio/Movilidad-y-transportes/Zonas-de-Bajas-Emisiones/Madrid-Zona-de-Bajas-Emisiones/Madrid-Zona-de-Bajas-Emisiones-ZBE-/?vgnextfmt=default&vgnextoid=93e63877029eb710VgnVCM1000001d4a900aRCRD&vgnextchannel=d2d2edf0f70ab710VgnVCM2000001f4a900aRCRD

· sobre «ZBEDEP» Distrito Centro:
https://www.madrid.es/portales/munimadrid/es/Inicio/Movilidad-y-transportes/Zonas-de-Bajas-Emisiones/Zona-de-Bajas-Emisiones-de-Especial-Proteccion/Distrito-Centro-Zona-de-Bajas-Emisiones-de-Especial-Proteccion/?vgnextfmt=default&vgnextchannel=d352edf0f70ab710VgnVCM2000001f4a900aRCRD

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